Capitulaciones Matrimoniales

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Los acuerdos antes o en el acto del matrimonio y que tienen por objeto la regulación económica, se denomina Capitulaciones Matrimoniales.

El régimen de bienes gananciales que rige la mayoría de las Comunidades Autónomas en España establece que los bienes que se adquieran durante la unión matrimonial pertenece a ambos conyugues. En esta Guía encontrarás todo lo que necesitas saber sobre las Capitulaciones Matrimoniales.

Toda pareja que piensa en contraer matrimonio civil o ya lo ha hecho tiene la opción de establecer un régimen económico distinto al que rige en la Comunidad Autónoma de residencia, esto se puede realizar a través de un acuerdo notarial denominado capitulaciones matrimoniales.

Pudiendo éstas ser modificadas cuando lo consideren, eso sí, siempre que ambas partes estén de acuerdo y se realice en escritura pública.

capitulaciones matrimoniales

¿Qué son las Capitulaciones Matrimoniales?

Las Capitulaciones Matrimoniales son un documento notarial por el que, los cónyuges de mutuo acuerdo definen y regulan el régimen económico del matrimonio, así como otras disposiciones por razón del mismo.

Para otorgar capitulaciones se exige la mayoría de edad. Ahora bien, en el caso de menores de edad emancipados (mayores de 16 años) y personas con discapacidad se requerirá la asistencia de sus representantes legales.

El Artículo 1326 del Código Civil dispone: “Las capitulaciones matrimoniales podrán otorgarse antes o después de celebrado el matrimonio”

Antes del matrimonio: También llamadas capitulaciones prematrimoniales. Se establece el régimen económico matrimonial desde el momento que se realice la celebración del matrimonio. Tras la firma de la capitulación matrimonial se dispone del plazo de un año para que se concrete el matrimonio, en caso contrario, no tendrá validez y debe formalizarse de nuevo.

Después del matrimonio: Tiene validez desde el día en que se firme la capitulación. Lo recomendable, en este caso, es asesorarse ante la posibilidad de realizar una capitulación matrimonial y disolver la sociedad ganancial preexistente.

Las capitulaciones formalizadas pueden modificarse las veces que se estime necesario, siempre y cuando, esos cambios sean consentidos por las mismas personas que la otorgaron. Todo cambio que se realice debe ser bajo consentimiento de ambos cónyuges, y reflejados en escritura pública.

Regímenes económicos que se pueden acordar o modificar

Los cónyuges pueden  elegir los siguientes regímenes económicos:

Régimen de gananciales: Las ganancias y deudas contraídas durante el matrimonio serán para ambos cónyuges en partes iguales, independientemente de quien lo obtuvo. Este es el régimen que rige la mayoría de las Comunidades Autónomas de España.

Régimen de separación de bienes: Los cónyuges mantendrán separados sus patrimonios y la administración de los bienes. Tanto los adquirido anteriormente como los que obtuvo durante el matrimonio. Es la mejor opción cuando uno de los cónyuges posea un gran patrimonio.

Régimen de participación: Este régimen sigue las normas propias de la separación de bienes, pero cada cónyuge, además, adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su consorte durante el tiempo en que dicho régimen haya estado vigente. Se puede extinguir por solicitud de un solo cónyuge, siempre que acredite ciertas circunstancias.

En caso de no formalizar capitulaciones se aplica el régimen legal supletorio de gananciales que generalmente será el de derecho común. En caso de estar Cataluña o Baleares se aplica el régimen foral de separación de bienes.

Requisito para formalizar las capitulaciones matrimoniales

Para formalizarlas se deben cumplir algunos requisitos formales:

Consentimiento de ambos cónyuges.

Escritura pública ante Notario.

Inscripción en el Registro Civil para que sea eficaz frente a terceros.

Inscripción en el Registro de la Propiedad sólo si las capitulaciones afecta a bienes inmuebles.

Inscripción en el Registro Mercantil en caso de que afecte a una empresa Mercantil.

¿Qué se puede acordar en las capitulaciones matrimoniales?

Además del régimen económico matrimonial, en este contrato se puede acordar lo siguiente:

Normas de convivencia

Lugar de la vivienda familiar.

Monto de indemnización en caso de infidelidad.

Régimen de convivencia y custodia de los hijos en caso de ruptura, entre otros.

Previsiones en cuanto a donaciones de los padres, crisis matrimoniales, herencias y otras capitulaciones que permitirán anticiparte a los riesgos de la convivencia y la posibilidad de estar separado o divorciado.

Excluir algunos aspectos patrimoniales en lo que respecta a las ganancias obtenidas por cierta actividad.

Régimen de custodia de los hijos en común.

Fijar una pensión al cónyuge que realice las tareas del hogar.

El contenido de las capitulaciones puede ser muy variado, siempre y cuando se respete la igualdad de derecho de los cónyuges y los aspectos legales vigentes, además de proteger el derecho de familia.

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Ventajas de otorgar capitulaciones matrimoniales

La principal ventaja de otorgar capitulaciones es que los cónyuges podrán gestionar su patrimonio estableciendo un régimen económico matrimonial, además de incluir las debidas previsiones.

Se facilita la repartición de los bienes contraídos antes o durante el matrimonio en caso de un divorcio, y permite evitar problemas al realizar transacciones con terceras personas.

Podrás tener la libertad de disponer de tus bienes sin necesidad de contar con la autorización del otro cónyuge. Si llegan a separarse o divorciarse el trámite para dividir el patrimonio será más sencillo ya que estará establecido en las capitulaciones.

Al incluir un pacto en caso de ruptura hará más llevadera una crisis matrimonial, evitando con ello tener que pasar por todos esos procedimientos y negociaciones al divorciarse o separarse.

Es recomendable que en el momento de realizar la capitulación matrimonial sean asesorados por abogados especializados, con el fin de lograr el mejor acuerdo para las partes, respetando los derechos de ambos cónyuges, la salvaguarda sus intereses e incluya las debidas previsiones para evitar conflictos en caso de ruptura.

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